Inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) como Establecimiento de Engorde de Ganado Bovino a Corral (Feed-Lot)


¿En qué consiste el trámite?

El trámite consiste en darse de alta en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA), de acuerdo a lo establecido por la Resolución MA Nº 21/17, sus modificatorias y complementarias.

¿Cómo se inicia el trámite?

El trámite se realiza mediante inscripción digital en la página https://ruca.magyp.gob.ar

No necesita intermediarios.

¿Qué documentación se debe presentar?

Persona Humana:

- Acreditar Personería (DNI)

- Habilitación Sanitaria (Nacional, Provincial, Municipal)

- Datos del establecimiento que solicita el sistema

                                        

Persona Jurídica:                                                          

- Acta de designación de autoridades

- Habilitación Sanitaria (Nacional, Provincial, Municipal)

- Datos del establecimiento que solicita el sistema

 

Sociedad de Hecho:

- Acreditar Personería (Contrato Societario, DNI)

- Habilitación Sanitaria (Nacional, Provincial, Municipal)

- Datos del establecimiento que solicita el sistema

¿Cuál es el costo del trámite?

No arancelada.

¿Quién puede/debe efectuarlo?

Toda persona física o jurídica que sea titular de la explotación de un establecimiento dedicado a acopiar animales bovinos exclusivamente para la producción intensiva de carne, en las distintas formas de tenencia de los mismos por cualquier título, para realizar la recría, engorde o terminación en corrales, a través del suministro de alimentos en una ración que es proporcionada en forma continua y permanente durante toda la estadía, sin permitir el acceso a pastoreo directo y voluntario.

¿Cuántas veces deberé asistir al Organismo/delegación para hacerlo?

No es necesario asistir al organismo ya que la inscripción se realiza en forma digital.

¿Qué vigencia tiene el trámite?

Las inscripciones no tienen vencimiento, mientras se mantengan las condiciones y requisitos establecidos para su otorgamiento y vigencia por parte del operador.

El operador deberá proceder al pago del arancel correspondiente a su actividad y/o actualización de la documentación presentada dentro de los TREINTA (30) días corridos previos al término que figura en el certificado de inscripción oportunamente entregado.

Tiempo desde la solicitud hasta la finalización del trámite/entrega de certificado

El tiempo estimado es de 10 a 15 días hábiles.

¿Cuándo es necesario realizar el trámite?

El trámite debe realizarse previamente a iniciar la actividad. La inscripción en el Registro es obligatoria.

¿Dónde se puede hacer el trámite?

A través de la web https://ruca.magyp.gob.ar.

Otra información relevante

La certificación de las fotocopias requeridas es válida únicamente con la intervención de Juez de Paz o Escribano Público, con la correspondiente certificación del Colegio de Escribanos para los de extraña jurisdicción a C.A.B.A.

Tipo de trámite

El trámite se puede realizar de forma:

- Online
¿DÓNDE REALIZO EL TRÁMITE?