Inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) como Comprador de Granos para Consumo Propio


¿En qué consiste el trámite?

El trámite consiste en darse de alta en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA), de acuerdo a lo establecido por la Resolución MA Nº 21/17, sus modificatorias y complementarias.

¿Cómo se inicia el trámite?

El trámite se realiza mediante inscripción digital en la página https://ruca.magyp.gob.ar

No necesita intermediarios.

¿Qué documentación se debe presentar?

Persona Humana:

- Acreditar Personería (DNI)

- RENSPA (Se tramita en SENASA)

- Responsabilidad sobre el establecimiento (Contrato de Locación, Certificado de Dominio)

 

Persona Jurídica:

- Acreditar Personería (Contrato Societario)

- Acta de designación de autoridades

- RENSPA (Se tramita en SENASA)

- Responsabilidad sobre el establecimiento (Contrato de Locación, Certificado d Dominio)

 

Sociedad de Hecho:

- Acreditar Personería (Contrato Societario, DNI)

- RENSPA (Se tramita en SENASA)

- Responsabilidad sobre el establecimiento (Contrato de Locación, Certificado d Dominio)

¿Cuál es el costo del trámite?

No arancelada.

¿Quién puede/debe efectuarlo?

Toda persona física o jurídica que compre granos, previamente desnaturalizados o no, a productores y/o a otros operadores, para consumo animal exclusivamente, no procediendo a su industrialización y/o incorporación de otros aditivos minerales y/o nutricionales y no comercializándolos a terceros. El establecimiento en el que se reciban los granos deberá encontrarse inscripto en el REGISTRO NACIONAL SANITARIO DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS (RENSPA) del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

¿Cuántas veces deberé asistir al Organismo/delegación para hacerlo?

No es necesario asistir al organismo ya que la inscripción se realiza en forma digital.

¿Qué vigencia tiene el trámite?

Las inscripciones no tienen vencimiento, mientras se mantengan las condiciones y requisitos establecidos para su otorgamiento y vigencia por parte del operador.

El operador deberá proceder al pago del arancel correspondiente a su actividad y/o actualización de la documentación presentada dentro de los TREINTA (30) días corridos previos al término que figura en el certificado de inscripción oportunamente entregado.

Tiempo desde la solicitud hasta la finalización del trámite/entrega de certificado

El tiempo estimado es de 10 a 15 días hábiles.

¿Cuándo es necesario realizar el trámite?

El trámite debe realizarse previamente a iniciar la actividad. La inscripción en el Registro es obligatoria.

¿Dónde se puede hacer el trámite?

A través de la web https://ruca.magyp.gob.ar.

Otra información relevante

La certificación de las fotocopias requeridas es válida únicamente con la intervención de Juez de Paz o Escribano Público, con la correspondiente certificación del Colegio de Escribanos para los de extraña jurisdicción a C.A.B.A.

Tipo de trámite

El trámite se puede realizar de forma:

- Online
¿DÓNDE REALIZO EL TRÁMITE?