El trámite consiste en darse de alta en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA), de acuerdo a lo establecido por la Resolución MA Nº 21/17, sus modificatorias y complementarias.
El trámite se realiza mediante inscripción digital en la página https://ruca.magyp.gob.ar
No necesita intermediarios.
Persona Humana:
- Acreditar Personería (DNI)
- RENSPA (Se tramita en SENASA)
- Responsabilidad sobre el establecimiento (Contrato de Locación, Certificado de Dominio)
Persona Jurídica:
- Acreditar Personería (Contrato Societario)
- Acta de designación de autoridades
- RENSPA (Se tramita en SENASA)
- Responsabilidad sobre el establecimiento (Contrato de Locación, Certificado d Dominio)
Sociedad de Hecho:
- Acreditar Personería (Contrato Societario, DNI)
- RENSPA (Se tramita en SENASA)
- Responsabilidad sobre el establecimiento (Contrato de Locación, Certificado d Dominio)
Toda persona física o jurídica que compre granos, previamente desnaturalizados o no, a productores y/o a otros operadores, para consumo animal exclusivamente, no procediendo a su industrialización y/o incorporación de otros aditivos minerales y/o nutricionales y no comercializándolos a terceros. El establecimiento en el que se reciban los granos deberá encontrarse inscripto en el REGISTRO NACIONAL SANITARIO DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS (RENSPA) del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
No es necesario asistir al organismo ya que la inscripción se realiza en forma digital.
Las inscripciones no tienen vencimiento, mientras se mantengan las condiciones y requisitos establecidos para su otorgamiento y vigencia por parte del operador.
El operador deberá proceder al pago del arancel correspondiente a su actividad y/o actualización de la documentación presentada dentro de los TREINTA (30) días corridos previos al término que figura en el certificado de inscripción oportunamente entregado.
El tiempo estimado es de 10 a 15 días hábiles.
El trámite debe realizarse previamente a iniciar la actividad. La inscripción en el Registro es obligatoria.
A través de la web https://ruca.magyp.gob.ar.
La certificación de las fotocopias requeridas es válida únicamente con la intervención de Juez de Paz o Escribano Público, con la correspondiente certificación del Colegio de Escribanos para los de extraña jurisdicción a C.A.B.A.
El trámite se puede realizar de forma: